17 de noviembre de 2021.
En el marco de las actividades anuales que la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento organiza para los sujetos fiscalizados, los subdepartamentos de Control de Bienes y Procedimientos Concursales del Departamento de Fiscalización de la Superir, dieron inicio a un ciclo de capacitaciones.
La primera de las 6 capacitaciones agendadas, sobre Incautación y Enajenación procedimientos concursales de Liquidación, estuvo a cargo de Patricia Hoces y Ximena General, del Subdepartamento de Control de Bienes, quienes agradecieron la participación de los profesionales y el interés de cada uno por conocer aspectos esenciales de la normativa concursal para favorecer el cumplimiento de los sujetos fiscalizados y enfrentar los diversos problemas que pudieran surgir en un procedimiento concursal.
Estas actividades, que se efectuarán online entre hoy y el 25 de noviembre, permitirán a los/as Liquidadores/as y Martilleros/as Concursales, junto con sus equipos de trabajo, interiorizarse sobre diversas materias relacionadas con la Ley N.º 20.720 y el rol fiscalizador de la Superir en cada una de ellas. Entre los temas que se abordarán se encuentran, Incautación y Enajenación de procedimientos concursales de Liquidación; Remates de bienes para martilleros concursales; Requisitos, formalidades y plazos para el pago de los honorarios de 30 UF; Aspectos contables de los procedimientos de Liquidación; Repartos de fondos; Aspectos jurídicos y tramitación de procedimientos concursales, entre otros.
Carolina Pino, Jefa del Subdepartamento de Control de Bienes expresó que “Es el tercer año que se realiza este ciclo de capacitaciones a liquidadores y martilleros, y es importante para reforzar y fortalecer conocimientos en normativas vigentes respecto de temas y actividades fundamentales que deben ejecutar en el transcurso progresivo de los procedimientos concursales de liquidación”.
Agregó que “la Superintendencia les envió la invitación con las distintas fechas y temas propuestos y ellos, de manera voluntaria, se han inscrito, manifestando a su vez temas, preguntas y dudas que les gustaría que fueran abordadas en estas capacitaciones para ejecutar sus labores en los procedimientos de manera efectiva y correcta”.
Cabe recordar que el liquidador es aquella persona natural sujeta a fiscalización de la Superintendencia, cuya misión principal es incautar y liquidar los bienes del deudor y propender al pago de los créditos de sus acreedores, de acuerdo a lo establecido en la normativa. Mientras que el Martillero Concursal es quien procede a la venta de los bienes muebles e inmuebles al martillo.