Realizar un estudio sobre la situación financiera, económica y contable de la empresa, con el fin de diagnosticar las causas que originaron la crisis actual y realizar las gestiones financieras, legales y contables que se requieren para superarla.
Este procedimiento es voluntario, se puede realizar en las oficinas de la SUPERIR o en línea con Clave Única y está sustentado en la Ley Nº. 20.416 (descargue el texto legal y el reglamento aquí) .
IMPORTANTE: si no posee Clave Única, puede solicitarla en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional o bien en las oficinas del Registro Civil.
- La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento puede emitir un certificado que dé cuenta de la situación de la empresa, lo que le permite suspender acciones en contra de ésta, como embargos, solicitudes de liquidación de la empresa, juicios tributarios y cualquier apremio derivado del incumplimiento de las obligaciones (excepto pago de remuneraciones y cotizaciones), por un período máximo de 90 días.
- Durante ese período, el asesor llevará a cabo el estudio financiero de la empresa, determinando posibles causas de la insolvencia, buscando definir las alternativas viables para superar esta crisis financiera, entre ellas, puede estar la reorganización o cierre de la empresa.
- Esté imposibilitado de pagar una o más de sus obligaciones financieras y/o estime que dentro de tres meses siguientes pudiese encontrarse en un estado de insolvencia o una crisis financiera aguda.
- Tributar en primera categoría.
- Tener ventas inferiores a 25.000 UF durante los 12 meses previos a la fecha de solicitud.
La gestión de este asesor será fiscalizada por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.