Libro IV Código de Comercio

Identificación Materia
Instructivo S.Q. N°3 20/05/2013 Instruye e Interpreta administrativamente el Título XII de los Acuerdos Extrajudiciales y de los Convenios Judiciales, del Libro IV del Código de Comercio.
Instructivo S.Q. N°2 20/05/2013 Complementa instrucciones sobre administración de la continuación del giro.
Instructivo S.Q. Nº131/01/2013 Complementa instrucciones sobre gastos de vigilancia, bodegaje y contratación de martilleros.
Instructivo S.Q. N°2 30/03/2012 Instruye sobre trámites aplicables a pagos administrativos.
Instructivo S.Q. N°1 29/03/2012 Instruye sobre trámites de publicación de sentencia declaratoria de quiebra.
Instructivo S.Q. N°3 30/09/2011 Deroga el Instructivo S.Q. N°1 de 29 de enero de 2010 y establece que las instrucciones impartidas en los instructivos S.Q. N°s 4 al 10 de 29 de diciembre de 2009, son aplicables a todas las quiebras, sin distinción de su fecha de declaratoria.
Instructivo S.Q. N°2 30/09/2011 Modifica el Instructivo S.Q. Nº 4 de 29 de diciembre de 2009, agregando el artículo 33 al Título X, que trata sobre la audiencia previa a la aplicación de sanciones a los síndicos de quiebras y se les instruye comunicar a la Superintendencia de Quiebras, en caso de aplicación de multas, el pago efectuado en Tesorería General de la República.
Instructivo S.Q. N°1 28/04/2011 Examen de conocimientos y demás exigencias para ingresar a la Nómina Nacional de Síndicos y al Registro de Asesores Económicos de insolvencia.
Instructivo S.Q. N°4 16/11/2010 Interpretación administrativa del artículo 36 del Libro IV del Código de Comercio relativa a las contrataciones para actividades especializadas, dirigido a los Síndicos de Quiebras, que rige a contar del 19 de noviembre de 2010.
Instructivo S.Q. N°3 20/08/2010 Interpretación administrativa del artículo 122 y 123 del Libro IV del Código de Comercio relativa a la enajenación de bienes inmuebles del fallido por licitación pública, dirigido a los Síndicos de Quiebras, que rige a contar del 21 de septiembre de 2010.
Instructivo S.Q. N°2 02/03/2010 Modifíquense los artículos que se indica de los instructivos S.Q. números 4,5,6 y 8 de 29 de diciembre de 2009.
Instructivo S.Q. N°1 29/01/2010 Deroga y reemplaza los artículos que indica de los Instructivos S.Q. N°s 4,5,6,7,8,9 y 10 de 29 de diciembre de 2009.
Instructivo S.Q. N°10 29/12/2009 Instruye sobre otras materias no comprendidas en los instructivos sobre aspectos procesales, juntas de acreedores de la quiebra, audiencia previa a la aplicación de sanciones y cómputo de plazos; incautación, conservación y enajenación de activos; honorarios y gastos de administración; aspectos contables y financieros de la administración de las quiebras y continuaciones de giro; prelación de créditos y repartos de fondos; y cuentas provisorias y definitivas de administración, interpreta administrativamente la ley y deroga oficios, circulares e instructivos que indica.
Instructivo S.Q. N°9 29/12/2009 Instruye sobre cuentas provisorias y definitivas de administración, interpreta administrativamente la ley y deroga oficios, circulares e instructivos que indica.
Instructivo S.Q. N°8 29/12/2009 Instruye sobre prelación de créditos y reparto de fondos, interpreta administrativamente la ley y deroga oficios, circulares e instructivos que indica.
Instructivo S.Q. N°7 29/12/2009 Instruye sobre aspectos contables y financieros de la administración de las quiebras y continuaciones de giro, y deroga oficios, circulares e instructivos que indica.
Instructivo S.Q. N°6 29/12/2009 Instruye sobre honorarios y gastos de administración, interpreta administrativamente la ley y deroga oficios, circulares e instructivos que indica.
Instructivo S.Q. N°5 29/12/2009 Instruye sobre incautación, conservación y enajenación de activos, interpreta administrativamente la ley y deroga oficios, circulares e instructivos que indica.
Instructivo S.Q. N°4 29/12/2009 Instruye sobre aspectos procesales, juntas de acreedores de la quiebra, audiencia previa a la aplicación de sanciones y cómputo de plazos e interpreta administrativamente la ley y deroga oficios, circulares e instructivos que indica.