Archivo del Autor: Daniela Sepúlveda

SIR efectúa charla en Tribunales de la Provincia de Huasco

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La coordinadora de Atacama explicó los cuatro procedimientos concursales que agrupa la Ley.

Vallenar. 16 de marzo de 2015. Magistrados y funcionarios de los tribunales civiles de la provincia de Huasco, de la región de Atacama, participaron de un taller sobre la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, N°20.720.

En la ocasión, expuso la coordinadora SIR de la región, Lorena Arena Espinoza, puntualizando cada uno de los procedimientos concursales, sus requisitos y documentos necesarios para la solicitud de cada uno de ellos.

Los asistentes pertenecían al Juzgado de Letras y Garantía de Freirina, al 1° Juzgado de Letras y 2° Juzgado de Letras, ambos de Vallenar.

 

 

Primera audiencia de Determinación del Pasivo en Arica

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El ciudadano que requiera información y orientación sobre el proceso de renegociación de deudas, como de los otros procedimientos concursales que consagra la Ley 20.720 puede acercarse a la oficina regional de la SIR, ubicada en Calle Juan Noé N° 933 (Dependencias de Dirección Regional IPS).

Arica. 16 Marzo de 2015. Se celebró la primera audiencia de determinación del pasivo del procedimiento concursal de renegociación de la persona deudora en nuestra región, entre acreedores y el deudor, facilitado por los funcionarios de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento- SIR, el coordinador regional Cristian Bravo y la abogada de la SIR, Paloma Norambuena.

En la ocasión, los asistentes llegaron a acuerdo en relación a cuánto y a quiénes les debe el deudor, cumpliendo así la primera etapa del procedimiento concursal de renegociación.

Cabe señalar que el procedimiento concursal de renegociación, que tiene como finalidad ayudar a resolver la situación de sobreendeudamiento de los deudores, es de carácter voluntario, administrativo, gratuito y se solicita ante la Superintendencia.

Tras este acuerdo, la entidad estatal dictará una resolución que contendrá la nómina de créditos reconocidos y citará a dichos acreedores y al deudor a una próxima audiencia de renegociación; instancia en que los asistentes podrán acordar los términos de renegociación de las deudas vigentes del deudor.

Quiénes pueden solicitarlo:

1. Los trabajadores dependientes (personas naturales contribuyentes del artículo 42 N.° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).

2. Los demás sujetos de crédito que no sean Empresa Deudora, tales como dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.

Qué requisitos deben cumplir:

1. Tener dos o más obligaciones vencidas, por más de 90 días corridos, actualmente exigibles, que provengan de obligaciones distintas y que en total sumen más de 80 U.F.

2. No haber sido notificada de una demanda de Liquidación Forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.

Reunión entre SIR y CAJ de Biobío

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La coordinación de ambas organizaciones busca brindar una mejor atención a los usuarios de la Ley N°20.720

Concepción. 16 de marzo de 2015. El coordinador SIR de la región de Biobío, Alejandro Elgueta, se reunió con el abogado Pablo Millán, Director General de la Corporación de Asistencia Judicial- CAJ de la Octava y su equipo, con el objeto de establecer una futura alianza entre ambas instituciones y trabajar, conjuntamente, para lograr que los ciudadanos tengan un real acceso a la asesoría otorgada por estos Servicios.

También participaron de la reunión el Director Jurídico, Mauricio Vergara y la abogada Carmen Moreno, ambos de la CAJ.

Superintendencia Atacama capacita a CAJ de la región

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El objetivo fue dar a conocer las principales novedades y características de la Ley Nº 20.720.

Copiapó. 13 de marzo de 2015. Con el objetivo de capacitar a los abogados de los diversos consultorios jurídicos de la Región de Atacama pertenecientes a la Corporación de Asistencia Judicial de Valparaíso, la coordinadora regional de la Superintendencia, Lorena Arena Espinoza, dictó charla de  los cuatro procedimientos concursales de la Ley 20.720.

En esta ocasión asistieron profesionales de las Oficinas de la CAJ de Copiapó, Tierra Amarilla y Vallenar.

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