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Dueñas de casa se interiorizan en procedimientos de renegociación

20150224 TITULAR JUNTA DE VECINOS LA SERENA
La oficina de la coordinadora de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento se ubica en Calle Balmaceda N° 696, La Serena.

La Serena. 24 de febrero de 2015. La coordinadora SIR de la región de Coquimbo, Romina Bertolla Jacob, organizó y dictó una charla a dueñas de casa pertenecientes al Consejo Vecinal para el Desarrollo de Las Compañías de la comuna de La Serena.

En esta oportunidad la profesional les explicó la nueva Ley 20.720, detallando el procedimiento de renegociación de persona deudora.

Coordinadora difunde Ley en Chile Chico

20150220 TITULAR CHILECHICO Junto con realizar la atención a       público, los coordinadores regionales SIR realizan una correcta difusión de los procedimientos de la Ley 20.720.

Chile Chico. 18 de febrero de 2015.

Con el fin de dar a conocer la normativa la coordinadora de la región de Aysén, Tamara Villegas Redlich, sostuvo reuniones con autoridades locales y realizó charla sobre la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento

En la ocasión, se reunió con el Juez de Letras (s) don Oscar Pacheco Pacheco. Asimismo, efectuó capacitación a la abogada jefe del Consultorio de la Caj Chile Chico, Priscila Pisón, y a funcionarios de la Gobernación Provincial General Carrera.

magistrado chile chico

Se logra el primer acuerdo de renegociación bajo Ley 20.720 en sexta región

Rancagua, 17 de febrero de 2015.

Con éxito se celebró la primera audiencia de renegociación en la Región de O’Higgins, en la que participaron acreedores del retail, banca y servicios financieros.

En la ocasión, el deudor y los acreedores acordaron un plan de pago, facilitado por la Coordinadora Regional de la Superintendencia, María Teresa Benavides Cifuentes, la abogada Nicole Ramírez y la contadora Paola Sánchez.

Este acuerdo permitirá, entre otras cosas, la rehabilitación del deudor. Es decir, una persona natural que logre un acuerdo de renegociación con sus acreedores podrá solicitar a DICOM o al Boletín Comercial la eliminación del registro de sus deudas morosas, renegociadas en virtud de dicho acuerdo.

A la fecha, la Superintendencia ha recibido en la VI región 28 solicitudes de inicio de procedimientos de renegociación de persona deudora, de las cuales 11 han sido declaradas admisibles, 3 han sido objeto de rectificaciones y 14 han sido declaradas inadmisibles.

Foto audiencia_VI

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Personas naturales contribuyentes del art. 42 N° 1 de Ley de Renta (trabajadores dependientes). Toda otra persona natural que sea sujeto de crédito (dueñas de casa, jubilados, estudiantes, etc.)

¿Cuáles son los Requisitos?

1.- Tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos, que sumen más de 80 UF

2.- No haber sido notificado de una demanda de Liquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo.

 

¿Cómo se solicita?

Se solicita voluntariamente ante la Superintendencia, acompañando el formulario que está disponible en la oficina regional ubicada en Germán Riesco 230 primer piso (SERNAC) en Rancagua o a través de WWW.SUPERIR.GOB.CL

En Atacama, se logra primer acuerdo de renegociación de deudas bajo Ley 20.720

20150216 RENEGOCIACION ATACAMA 3REGION

Copiapó, 13 de Febrero.

En la ocasión, el deudor y los acreedores acordaron un plan de pago, facilitados por la Coordinadora Regional de la Superintendencia, Lorena Arena; la abogada Paloma Norambuena y la contadora Paola Sánchez.
Este acuerdo permitirá, entre otras cosas, la rehabilitación del deudor. Es decir, una persona natural que logre un acuerdo de renegociación con sus acreedores podrá solicitar a DICOM o al Boletín Comercial la eliminación del registro de sus deudas morosas, renegociadas en virtud de dicho acuerdo.

A la fecha, la Superintendencia ha recibido en la III región 25 solicitudes de inicio de procedimientos de renegociación de persona deudora, 14 han sido declaradas admisibles, 1 han sido objeto de rectificaciones y 10 han sido declaradas inadmisibles.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Personas naturales contribuyentes del art. 42 N° 1 de Ley de Renta (trabajadores dependientes).
Toda otra persona natural que sea sujeto de crédito (dueñas de casa, jubilados, estudiantes, etc.)

¿Cuáles son los  Requisitos?

1.- Tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos, que sumen más de 80 UF.
2.- No haber sido notificado de una demanda de Liquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo.

¿Cómo se solicita?

Se solicita voluntariamente ante la Superintendencia, acompañando el formulario que está disponible en la oficina regional ubicada en Calle Colipi N° 780, Copiapó o a través de www.superir.gob.cl.