Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora

¿En qué consiste?

Es un procedimiento administrativo y gratuito en el cual la Superintendencia actúa como facilitadora de acuerdos entre el deudor y sus acreedores. Este procedimiento tiene por finalidad que el deudor pueda renegociar sus deudas o pueda ejecutar sus bienes para el pago de sus deudas vigentes.

Para iniciar la Renegociación no es necesario contar con el patrocinio de un abogado.

¿Quiénes pueden acceder?

Pueden acceder a este procedimiento todas las personas naturales que sean sujetos de crédito y que, dentro de los veinticuatro meses anteriores al inicio del Procedimiento Concursal de Renegociación, no hayan sido contribuyentes de primera categoría. Por ejemplo: trabajadores/as asalariados, trabajadores independientes, dueños/as de casa, jubilados/as, estudiantes.

¿Cuáles son sus requisitos?

  1. Tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos y que, en total, sumen más de 80 unidades de Fomento (UF).
  2. No tener movimientos de primera categoría dentro de los 24 meses anteriores al inicio del Procedimiento de Renegociación.
  3. Acompañar las declaraciones juradas y los documentos justificativos exigidos por la Superintendencia. Puede descargar el listado de antecedentes aquí

Asimismo, deberá completar directamente en la Plataforma de Renegociación las siguientes declaraciones:

    • Declaración de todas sus deudas, tanto las que están al día como las que se encuentran vencidas, acompañando los documentos justificativos de cada deuda.
    • Declaración de todos los ingresos que percibe, acompañando los documentos justificativos de cada ingreso.
    • Declaración de todos los bienes que sean de su propiedad o sobre los cuales tenga derechos, acompañando los documentos justificativos de los bienes declarados.
    • Declaración en que conste que es Persona Deudora, y que no se le ha notificado de la demanda de Liquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra que no sea de origen laboral.
    • Propuesta de renegociación de cada una de las deudas declaradas.

Si usted ya reunió todos los documentos que son necesarios para realizar una solicitud de renegociación, entonces puede ingresar directamente a la Plataforma de Renegociación con su Rut y Clave Única en el siguiente enlace: https://www.superir.gob.cl/servicios-en-linea/

Una vez recepcionada su solicitud la Superintendencia analizará sus antecedentes y en el caso que sean suficientes, dictará la correspondiente Resolución de Admisibilidad, la que, una vez notificada a través del Boletín Concursal, le otorgará la debida Protección Financiera Concursal.

Este trámite se puede realizar durante todo el año y no tiene costo.

Este trámite se puede realizar en línea acá: https://www.superir.gob.cl/servicios-en-linea/