Archivo de la categoría: Trámites

Procedimiento Concursal de Reorganización Simplificada

¿En qué consiste?

Es un procedimiento judicial que permite a una micro o pequeña empresa reestructurar sus activos y pasivos, mediante un acuerdo con sus acreedores. En este acuerdo se pueden establecer nuevos plazos de pago, remisiones de deudas o modificación de ciertas obligaciones.

Es un procedimiento simplificado, de rápida tramitación y de bajos costos de administración para la micro o pequeña empresa.

En este proceso interviene un veedor, que es una persona natural sujeta a la fiscalización de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) y que tiene entre sus funciones facilitar los acuerdos entre el deudor y sus acreedores, además de asistir a la micro o pequeña empresa en la elaboración de su propuesta de acuerdo.

¿A quiénes está dirigido?

Este trámite está dirigido a empresas deudoras que de acuerdo con el artículo segundo de la Ley N° 20.416 y con el artículo 505 bis del Código del Trabajo sean calificadas como micro o pequeña empresa:

Microempresa: Registrar en el último año calendario ingresos anuales por ventas y servicios que no hayan superado las 2.400 UF y tener contratado 1 a 9 trabajadores.

Pequeña empresa: Registrar en el último año calendario ingresos anuales por ventas y servicios que estén entre las 2.400 y 25.000 UF y tener contratados 10 a 49 trabajadores

Para iniciar este procedimiento debe contar con el patrocinio de un abogado, quien deberá presentar una solicitud ante el tribunal competente y acompañar los antecedentes señalados en los artículos N.° 286 y siguientes de la Ley N.° 20.720.

Este trámite se puede realizar durante todo el año.

Para mayor información ingresar a: http://www.superir.gob.cl/preguntas-frecuentes/preguntas-frecuentes-reorganizacion/

Procedimiento Concursal de Liquidación Voluntaria

¿En qué consiste?

Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes del deudor, con el objeto de propender al pago de sus acreedores, cuando la empresa ya no es viable.

¿A quiénes está dirigido?

Este trámite está dirigido a personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro y personas naturales que, dentro de los veinticuatro meses anteriores al inicio del Procedimiento Concursal correspondiente, hayan sido contribuyente de primera categoría.

Para iniciar este procedimiento debe contar con el patrocinio de un abogado, quien deberá presentar una solicitud ante el tribunal que corresponda y acompañar los antecedentes señalados en el artículo N.° 115 de la Ley N.° 20.720.

Este trámite se puede realizar durante todo el año.

Para mayor información ingresar a: http://www.superir.gob.cl/preguntas-frecuentes/preguntas-frecuentes-liquidacion-empresa/

Procedimiento Concursal de Liquidación Voluntaria Simplificada

¿En qué consiste?
Es un procedimiento judicial cuyo objetivo es la venta rápida y eficiente de los bienes de una persona o una empresa que califique como micro o pequeña empresa, para pagar a sus acreedores.
Es un procedimiento especial, de rápida tramitación y bajos costos de administración.

¿A quiénes está dirigido?

  • Personas naturales que sean sujetos de crédito y que, dentro de los veinticuatro meses anteriores al inicio del Procedimiento Concursal, no hayan sido contribuyentes de primera categoría. Por ejemplo: trabajadores/as asalariados, trabajadores independientes, dueños/as de casa, jubilados/as, estudiantes.
  • Empresas Deudoras que califiquen como micro o pequeña empresa.

Para ser calificado como micro o pequeña empresa de acuerdo con el artículo segundo de la Ley N° 20.416 y con el artículo 505 bis del Código del Trabajo se deben cumplir los siguientes requisitos:

Microempresa: Registrar en el último año calendario ingresos anuales por ventas y servicios que no hayan superado las 2.400 UF y tener contratado 1 a 9 trabajadores.

Pequeña empresa: Registrar en el último año calendario ingresos anuales por ventas y servicios que estén entre las 2.400 y 25.000 UF y tener contratados 10 a 49 trabajadores.

Para iniciar este procedimiento debe contar con el patrocinio de un abogado, quien deberá presentar una solicitud ante el tribunal que corresponda y acompañar los antecedentes señalados en el artículo 273 y 273ª de la Ley N.° 20.720.

Este trámite se puede realizar durante todo el año.
Para mayor información ingresar a: http://www.superir.gob.cl/preguntas-frecuentes/preguntas-frecuentes-liquidacion-persona/

Procedimiento Concursal de Reorganización

¿En qué consiste?

Es un procedimiento judicial, que tiene por finalidad reorganizar los pasivos y activos de una empresa, cuando ésta es viable.

En este proceso interviene un Veedor, que es una persona natural sujeta a la fiscalización de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, cuya misión principal es propiciar los acuerdos entre el deudor y sus acreedores, facilitar la proposición de acuerdos de reorganización judicial y resguardar los intereses de los acreedores, requiriendo las medidas precautorias y de conservación de los activos del deudor. El plazo para acordar la reorganización es de aproximadamente cuatro meses.

Este trámite está dirigido a personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro, y contribuyentes de primera categoría.

Para iniciar este procedimiento debe contar con el patrocinio de un abogado, quien deberá presentar una solicitud ante el tribunal que corresponda y acompañar los antecedentes señalados en el artículo N.° 56 de la Ley N.° 20.720.

Este trámite se puede realizar durante todo el año.

Para mayor información ingresar a: http://www.superir.gob.cl/preguntas-frecuentes/preguntas-frecuentes-reorganizacion/