Temuco. El abogado y Coordinador Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), Pablo Franco, realizó una charla dirigida a funcionarios/as de la Dirección Regional del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) La Araucanía, con el objetivo de profundizar en los alcances de la Ley N.º 21.563 y en los procedimientos de atención existentes en el servicio.
En la oportunidad, el profesional explicó los requisitos, beneficios y perfiles de las personas y empresas que se han acogido a esta normativa, poniendo especial énfasis en el procedimiento de Renegociación, una herramienta que permite a las personas naturales enfrentar situaciones de sobreendeudamiento.
Destacó que se trata de un proceso administrativo, voluntario y gratuito, en el cual la Superintendencia de Insolvencia actúa como facilitadora de acuerdos entre la persona y sus acreedores.
Durante la jornada, Franco también respondió consultas y enseñó a los/as asistentes a calcular sus ingresos y gastos mensuales mediante la calculadora de deudas disponible en el sitio web de Educación Financiera de la Superir, www.tenlaclara.cl.
Finalmente, ambas instituciones coordinaron líneas de derivación y colaboración en el marco de fortalecer las relaciones interinstitucionales en beneficio de la ciudadanía.
*El acuerdo permitirá capacitar a funcionarios municipales de todo el país y promover la difusión de los procedimientos concursales que ofrece la Ley N.º 21.563, beneficiando directamente a vecinos, micro y pequeños empresarios y organizaciones comunitarias.
Con el objetivo de fortalecer la educación financiera y promover el acceso a herramientas de apoyo para personas y emprendedores en situación de insolvencia, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) y la Asociación Chilena de Municipalidades (ACHM) firmaron un convenio de colaboración que permitirá desarrollar acciones conjuntas en todo el territorio nacional.
El acuerdo fue suscrito por el Superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Hugo Sánchez Ramírez, y el Presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades, Gustavo Alessandri Bascuñán, en una ceremonia realizada en dependencias de la institución pública.
La alianza busca socializar los procedimientos concursales establecidos en la Ley N.º 20.720 -entre ellos, el procedimiento administrativo de Renegociación, los procedimientos simplificados incorporados por la Ley N.º 21.563, y las Asesorías Económicas de Insolvencia reguladas en la Ley N.º 20.416-, mediante capacitaciones y actividades de difusión dirigidas a funcionarios municipales, micro y pequeños empresarios, organizaciones civiles y la comunidad en general.
Entre los compromisos asumidos, se contempla la capacitación a funcionarios municipales de unidades jurídicas, recursos humanos y desarrollo comunitario; la participación conjunta en actividades convocadas por la ACHM; y la implementación de campañas educativas enfocadas en la promoción de derechos y la educación financiera en temas de insolvencia y reemprendimiento.
El convenio representa un paso importante en el trabajo colaborativo entre ambas instituciones, buscando acercar los servicios públicos a la ciudadanía y entregar herramientas efectivas para enfrentar las dificultades económicas con información y acompañamiento profesional.
En esta línea, el Superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Hugo Sánchez, expresó que “este convenio refuerza nuestro compromiso con las personas y emprendedores de todo Chile. A través del trabajo con los municipios y la Asociación Chilena de Municipalidades, podremos llegar a más comunidades con información clara, oportuna y útil sobre los procedimientos de insolvencia y las alternativas de reemprendimiento que ofrece la ley. Queremos que nadie enfrente solo sus dificultades financieras”, puntualizó.
Por su parte, el Presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades, Gustavo Alessandri Bascuñán, indicó que “Los municipios somos la primera puerta de entrada del Estado para miles de chilenos y chilenas. Este convenio nos permitirá fortalecer nuestras capacidades y entregar un mejor acompañamiento a las personas, especialmente a emprendedores y familias que enfrentan dificultades económicas. Trabajando junto a la Superintendencia, buscamos que cada comuna cuente con herramientas concretas para promover la educación financiera y el reemprendimiento.”
Daniela Sepúlveda, profesional Unidad de Innovación Superir; Elías Gutiérrez, Jefe del Subdpto. de Fiscalización; Hugo Sánchez, Superintendente; Gustavo Alessandri, Pdte. ACHM; Patricia Chotzen, Jefa Dpto. Jurídico Superir.
Talcahuano. Alumnos y alumnas de quinto año de la carrera de Derecho de la Universidad Andrés Bello, sede Talcahuano, participaron en una jornada informativa orientada a dar a conocer las distintas alternativas legales existentes frente a situaciones de endeudamiento, tanto para empresas como para personas.
La actividad- dirigida por el Coordinador Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento Biobío, Javier Ramos- tuvo por finalidad fortalecer la formación práctica de los futuros profesionales del Derecho, entregándoles herramientas actualizadas sobre los mecanismos disponibles en la legislación chilena N.º 21.563 para enfrentar y resolver problemas financieros.
Durante la jornada, se abordaron aspectos relacionados con procedimientos concursales, como la Renegociación de Deudas que permite a los/as deudores/as reestructurar sus obligaciones. Y la Liquidación Simplificada, procedimiento judicial en que una persona decide voluntariamente poner a disposición sus bienes muebles e inmuebles, para que estos sean vendidos de manera rápida y eficiente, con el objeto de pagar a los acreedores lo que se adeuda.
“El objetivo de estas instancias es acercar a los estudiantes a la realidad práctica del ejercicio profesional, entregándoles herramientas concretas para asesorar adecuadamente a las personas y empresas que enfrentan dificultades financieras”, señaló Javier Ramos, Coordinador Regional de la Superir Biobío.
Providencia. La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) participó con un stand informativo en la Feria de Servicios MovilizaDOS, desarrollada en el Hospital del Salvador, iniciativa que reunió a diversas instituciones públicas con el objetivo de acercar la oferta del Estado a las y los vecinos de la comuna.
La actividad permitió a la ciudadanía acceder de manera directa a información, asesoría y trámites de distintos servicios públicos, promoviendo así una atención más cercana, inclusiva y eficiente.
Durante la jornada, el funcionario Marco Lagos de la Superir atendió consultas y entregó material informativo sobre los procedimientos de renegociación y liquidación simplificada contemplados en la Ley N.º 21.563, explicando las etapas de los procesos y los requisitos para acceder a estas herramientas. De esta manera, las y los asistentes pudieron conocer las alternativas que ofrece la institución para enfrentar situaciones de sobreendeudamiento.
El stand informativo de la Superir despertó gran interés entre los/as participantes, quienes valoraron la posibilidad de resolver dudas y recibir orientación personalizada respecto a sus casos particulares.
1. Los trabajadores dependientes (personas naturales contribuyentes del N.° 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
2. Los demás sujetos de crédito que no sean Empresa Deudora, tales como dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.
Son Empresas Deudoras:
1. Las personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro.
2. Las personas naturales contribuyentes de Primera Categoría.
3. Las personas naturales que practican el ejercicio libre de la profesión (contribuyentes del artículo 42 N.° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
Persona Deudora
La Persona Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Renegociación: Es un procedimiento administrativo y gratuito, facilitado por la Superintendencia, que tiene por finalidad la renegociación de las obligaciones de la Persona Deudora o la ejecución de sus bienes para el pago de sus deudas.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Persona Deudora, con el objeto de propender al pago de sus acreedores.
Empresa Deudora
La Empresa Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Reorganización: Es un procedimiento judicial, que tiene por finalidad la reestructuración de los pasivos y activos de la Empresa Deudora, cuando ésta es viable.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Empresa Deudora con el objeto de propender al pago de sus acreedores cuando ésta no es viable.
Persona Deudora
INICIAR PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE RENEGOCIACIÓN
Los requisitos que debo cumplir para iniciar un Procedimiento Concursal de Renegociación son:
1. Tener 2 o más obligaciones vencidas, por más de 90 días corridos, actualmente exigibles, que provengan de obligaciones distintas y que en total sumen más de 80 U.F.
2. No haber sido notificado de una demanda de Liquidación Forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.
Para descargar modelo de declaraciones juradas, presione aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Persona Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Persona Deudora se puede iniciar
1. Voluntariamente por la Persona Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Reorganización de la Empresa Deudora se inicia voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
Para descargar modelo del Procedimiento Concursal de Reorganización, descargar aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Empresa Deudora se puede iniciar:
1. Voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.