Santiago. Con el propósito de acercar los Procedimientos Concursales de las leyes 20.720 y 21.416 a emprendedores, emprendedoras y representantes de empresas, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento participó con un stand informativo en el Encuentro Impulso Empresarial 2026 “Ventas, Marketing con IA, Finanzas en Simple y Lidere Escenarios Adversos” organizada por Propyme Chile, actividad que reunió a más de 200 especialistas y actores del ecosistema empresarial para abordar herramientas y estrategias orientadas al fortalecimiento de los negocios.
Durante la jornada, realizada en el Hotel Le Meridien Santiago, funcionarios de la Superintendencia entregaron orientación y resolvieron consultas de las personas asistentes sobre los procedimientos de Reorganización, Liquidación, Renegociación y Asesoría Económica de Insolvencia.
El encuentro contempló exposiciones sobre salud mental y liderazgo en escenarios adversos, educación financiera para la toma de decisiones empresariales, uso de inteligencia artificial aplicada al marketing y estrategias para fortalecer las ventas y la relación con los clientes.
La participación de la Superintendencia permitió difundir entre emprendedores, emprendedoras y representantes de micro, pequeñas y medianas empresas la importancia de conocer oportunamente las herramientas disponibles para enfrentar situaciones de insolvencia y sobreendeudamiento.
La instancia también facilitó el diálogo directo con los/as asistentes, quienes pudieron conocer de primera fuente los servicios que entrega la Superintendencia y resolver dudas relacionadas con los procedimientos establecidos en la normativa vigente.
Coyhaique. Con el objetivo de fortalecer el conocimiento sobre los mecanismos disponibles para enfrentar situaciones de sobreendeudamiento, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) realizó una charla informativa dirigida a funcionarios y funcionarias de la Tesorería General de la República (TGR) en Coyhaique.
La actividad fue encabezada por el Coordinador Regional de la Superir en Aysén, Ismael González, quien expuso los principales aspectos de la Ley N.º 20.720, junto con las alternativas que esta normativa ofrece tanto a personas como a micro y pequeñas empresas (MIPEs) que enfrentan dificultades económicas.
Durante la jornada se abordaron los procedimientos disponibles para reorganizar, liquidar o renegociar deudas.
El Coordinador Regional destacó la importancia de generar espacios de difusión y capacitación con instituciones públicas, permitiendo que más funcionarios/as conozcan las opciones que entrega la legislación y puedan orientar adecuadamente a quienes requieran información sobre estos procesos.
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El acuerdo permitirá atención especializada en la comuna, capacitación a funcionarios/as municipales y orientación directa para personas que enfrentan dificultades económicas y deudas
Independencia. Como parte de su compromiso con acercar sus servicios a la ciudadanía y fortalecer el acceso a herramientas que promuevan la estabilidad financiera y el bienestar de las personas, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) firmó hoy un convenio de colaboración con la Municipalidad de Independencia. Este acuerdo permitirá entregar orientación especializada y apoyo gratuito a vecinas y vecinos de la comuna, facilitando el acceso a información y soluciones en materias de insolvencia y sobreendeudamiento.
La alianza fue suscrita por la Superintendenta (S) de Insolvencia y Reemprendimiento, Johana Álvarez, y el Alcalde de Independencia, Agustín Iglesias, en una actividad realizada en el Laboratorio Ciudadano LAPAZ482.
Gracias a este acuerdo, profesionales de la Superir realizarán atención presencial una vez al mes en la comuna, entregando orientación sobre los Procedimientos Concursales contemplados en la Ley N.º 20.720, especialmente en materias relacionadas con renegociación de deudas y alternativas legales para enfrentar situaciones de insolvencia.
La Superintendenta (S) Johana Álvarez destacó que este tipo de convenios permiten acercar el Estado a las personas y ampliar el acceso a servicios especializados. “Estas acciones son fundamentales para avanzar en nuestro compromiso de entregar orientación y apoyo oportuno a quienes enfrentan situaciones de sobreendeudamiento. Este convenio fortalece el acompañamiento que brindamos en los distintos procesos, permitiendo que vecinas y vecinos, y MIPEs, accedan a asesoría especializada sobre las herramientas existentes, directamente en su territorio”.
Por su parte, el Alcalde Agustín Iglesias valoró la iniciativa y destacó el impacto que tendrá para las familias de la comuna, aduciendo que “estamos muy contentos de concretar esta alianza, porque muchas personas atraviesan situaciones económicas complejas y necesitan orientación profesional para encontrar soluciones. Gracias a este convenio, nuestros vecinos podrán acceder a apoyo especializado, información clara y acompañamiento para enfrentar de mejor manera sus problemas de endeudamiento”.
Además de la atención directa a la comunidad, el convenio contempla la capacitación de funcionarios municipales, especialmente de aquellos que mantienen contacto permanente con los vecinos, fortaleciendo sus capacidades para orientar consultas, detectar situaciones de riesgo financiero y derivar oportunamente los casos que requieran intervención especializada.
El convenio representa un paso importante en el trabajo colaborativo entre ambas instituciones, buscando acercar los servicios públicos a la ciudadanía y entregar herramientas efectivas para enfrentar las dificultades económicas con información y acompañamiento profesional.
Estadísticas Procedimientos Concursales
Datos suministrados por la Superintendencia dan cuenta que, entre octubre de 2014 y mayo 2026, se han iniciado más de 69 mil procedimientos a nivel país. En total se registran 17.520 Renegociaciones de Personas Deudores y 52.300 procedimientos judiciales. Estos últimos corresponden a 39.610 a Liquidaciones de Bienes de Personas Deudoras, 559 Reorganizaciones de Empresas Deudoras y 12.131 a Liquidaciones de Empresas.
Mientras que, en la comuna de Independencia, en igual periodo, se han iniciado 513 procedimientos. Correspondiendo a 104 Renegociaciones; 322 Liquidaciones de Bienes; 5 Reorganización de Empresas y 82 Liquidaciones de Empresas.
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Pencahue. Hoy, en la Plaza de Armas de Pencahue, el alcalde José Miguel Tobar y el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ervin Castillo, encabezaron una nueva edición del programa “Gobierno en Terreno”, iniciativa impulsada por la Delegación Presidencial Regional y coordinada a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario, cuyo propósito fue acercar la atención de diversos organismos públicos a la ciudadanía y facilitar el acceso a trámites y beneficios estatales.
La actividad reunió a vecinos y vecinas provenientes de distintos sectores de la comuna, quienes pudieron acceder de manera directa a una amplia oferta de servicios y orientaciones entregadas por instituciones del Estado. La jornada permitió resolver consultas, realizar gestiones administrativas y acceder a información relevante sobre distintos beneficios y programas disponibles para la comunidad.
Entre las instituciones presentes destacaron el Registro Civil, el Instituto de Previsión Social (IPS), Fonasa, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), la Seremi de Salud del Maule, entre otros organismos que participaron brindando atención personalizada a las personas asistentes.
En este contexto, la Coordinadora Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) de Maule, Verónica García, entregó información y orientación a la comunidad sobre los procedimientos concursales contemplados en la Ley N.º 20.720, normativa que regula los mecanismos de Renegociación, Reorganización y Liquidación tanto para personas como para empresas.
Durante la jornada, explicó los beneficios y alcances de estos procedimientos, destacando que constituyen herramientas legales que permiten enfrentar situaciones de sobreendeudamiento y promover nuevas oportunidades para quienes buscan reordenar su situación financiera.
“Muchas personas desconocen que existe un procedimiento gratuito que les permite enfrentar situaciones de sobreendeudamiento de manera ordenada y con acompañamiento institucional. Por ello, es fundamental acercar esta información a la ciudadanía y dar a conocer los beneficios que contempla la Ley 20.720, especialmente para personas que atraviesan dificultades económicas”, señaló Verónica García durante la actividad.
El programa “Gobierno en Terreno” busca fortalecer la presencia de los servicios públicos en las comunas y facilitar el acceso de la ciudadanía a distintas prestaciones, especialmente para quienes, por motivos de distancia o conectividad, enfrentan mayores dificultades para realizar sus trámites. Del mismo modo, estas jornadas representan un espacio de participación ciudadana que permite conocer de primera fuente las necesidades de las personas y generar un levantamiento de información que contribuya al desarrollo de futuras acciones y políticas públicas.
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1. Los trabajadores dependientes (personas naturales contribuyentes del N.° 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
2. Los demás sujetos de crédito que no sean Empresa Deudora, tales como dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.
Son Empresas Deudoras:
1. Las personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro.
2. Las personas naturales contribuyentes de Primera Categoría.
3. Las personas naturales que practican el ejercicio libre de la profesión (contribuyentes del artículo 42 N.° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
Persona Deudora
La Persona Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Renegociación: Es un procedimiento administrativo y gratuito, facilitado por la Superintendencia, que tiene por finalidad la renegociación de las obligaciones de la Persona Deudora o la ejecución de sus bienes para el pago de sus deudas.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Persona Deudora, con el objeto de propender al pago de sus acreedores.
Empresa Deudora
La Empresa Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Reorganización: Es un procedimiento judicial, que tiene por finalidad la reestructuración de los pasivos y activos de la Empresa Deudora, cuando ésta es viable.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Empresa Deudora con el objeto de propender al pago de sus acreedores cuando ésta no es viable.
Persona Deudora
INICIAR PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE RENEGOCIACIÓN
Los requisitos que debo cumplir para iniciar un Procedimiento Concursal de Renegociación son:
1. Tener 2 o más obligaciones vencidas, por más de 90 días corridos, actualmente exigibles, que provengan de obligaciones distintas y que en total sumen más de 80 U.F.
2. No haber sido notificado de una demanda de Liquidación Forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.
Para descargar modelo de declaraciones juradas, presione aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Persona Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Persona Deudora se puede iniciar
1. Voluntariamente por la Persona Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Reorganización de la Empresa Deudora se inicia voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
Para descargar modelo del Procedimiento Concursal de Reorganización, descargar aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Empresa Deudora se puede iniciar:
1. Voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
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