Copiapó. Hoy el representante regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), Alejandro Flores, acompañó a la Seremi de Economía, Fomento y Turismo, Makarena Arias, al Director de Sercotec Atacama, Hugo Pérez, y al Delegado Presidencial Regional de Atacama, Rodrigo Illanes, en la Inauguración de la Expo “Semana de las MiPymes y Cooperativas”, que se realizó en la Plaza de Armas.
Hasta el viernes 08 de noviembre participarán más de 20 emprendedores/as y servicios de la zona, con el fin de comercializar sus productos, poniendo en práctica técnicas de mercadeo y vinculándose directamente con potenciales clientes.
En la ocasión, el Coordinador Regional de la Superir Atacama, difundió la Ley de Insolvencia, centrándose, en los Procedimientos Concursales de Reorganización y Liquidación Simplificadas de la normativa N.º 21.563.
Conversó con los/as beneficiarios/as sobre el sobreendeudamiento y presentó las calculadoras para Pymes y Personas que se encuentran alojadas en la página web institucional www.tenlaclara.cl.
Santiago. Esta tarde el Superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Hugo Sánchez Ramírez, participó en la presentación y lanzamiento del renovado sitio web del Registro Nacional de MiPymes del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
La Jefa de la División de Empresas de Menor Tamaño, Gabriela Jorquera, fue la encargada de dar la bienvenida y presentar la nueva plataforma.
“Este año el foco de la Semana de las MiPymes y Cooperativas es el crecimiento de las empresas, y en ese contexto, la renovación del registro era imprescindible.
Para poder tener buenas políticas públicas es necesario tener datos que nos permitan entenderlas y caracterizarlas, y generar instrumentos de fomento que vayan en línea de las necesidades de este segmento”, señaló Jorquera.
Asimismo, destacó que se requería de un sistema con respuestas oportunas, de fácil disponibilidad, información ordenada, confidencial y en un portal de datos abiertos.
Dentro de las mejoras del sitio web, se habilitó para que las MiPymes puedan acceder a los beneficios entregados por el Estado, agilizando los procesos de postulación a programas e instrumentos. Asimismo, permitirá al Estado tener información actualizada de las MiPymes, el diagnóstico de necesidades y la generación de políticas públicas a la medida.
Y, por último, facilitará la difusión de las ayudas dirigidas a las MiPymes, manteniéndolas informadas sobre los beneficios a los que podrán acceder.
“En definitiva, este Registro Nacional de MiPymes se convertirá en la base para el Observatorio de Datos Económicos que se ha de lanzar el próximo año, que tiene como objetivo generar datos para el Estado, academia y todo quien diseñe instrumentos de política pública para las empresas de menor tamaño y a la vez información y rutas inteligentes de fomento para que las MiPymes accedan de forma sencilla a los instrumentos de fomento y desarrollo productivo que ofrece el Estado, de forma personalizada, mediante una ventanilla única de acceso, en línea con la agenda de productividad».
Durante el lanzamiento también intervinieron el Subdirector de la Secretaría de Gobierno Digital, el Gerente de Desarrollo Empresarial de Sercotec, y el Jefe de Subdepartamento de Planificación, Diseño y Monitoreo de la Dirección de Presupuestos.
Temuco. Integrantes de cooperativas y asociaciones de MIPEs de la ciudad de Temuco participaron hoy en una charla dictada por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) titulada Alternativas para enfrentar la Insolvencia.
Esta acción, organizada junto a la Seremi de Economía de La Araucanía en el marco de la Semana MiPymes y Cooperativas, tuvo como fin dar a conocer los requisitos y beneficios que pueden obtener las personas, MIPEs, Pymes y empresas al solicitar un procedimiento concursal de la Ley 21.563.
En este sentido, el Coordinador Regional de la Superir, Pablo Franco, introdujo que se encontrará en un estado de insolvencia aquel deudor o deudora que no pueda cumplir de forma regular con las obligaciones que se le exigen.
Para luego detallar la utilidad de la Reorganización y la Liquidación de Empresas, tanto ordinarias como simplificadas, como herramientas válidas frente a un sobreendeudamiento.
Por su parte, el Seremi, Nelson Curiñir, agradeció la intervención del abogado de la Superintendencia de Insolvencia y señaló que “este año nuestro foco está en acelerar el crecimiento de las MiPymes, considerando como pilares la formalización, la gestión empresarial, la adopción tecnológica y las redes, con un enfoque de género y sostenibilidad”, puntualizó.
Coyhaique. En el marco de la Semana de las MiPymes, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), organizó- junto a otros servicios- un taller abierto a la comunidad titulado “Solvencia de Personas y Empresas de Menor Tamaño”.
El objeto del encuentro es fortalecer los conocimientos de quienes asistan, en áreas como modelos de negocios, sustentabilidad, deudas y Ley de Insolvencia, entre otras temáticas de apoyo en su gestión.
En esta línea, el Coordinador de la Superir, Ismael González, explicó que desde el 11 de agosto de 2023 la Ley de Insolvencia N.º 21.563 dispuso de nuevos procedimientos simplificados para que micro y pequeñas empresas accedieran a soluciones legales frente a situaciones de endeudamiento, a través de la Reorganización o Liquidación Simplificada.
Igualmente señaló que las personas naturales que emiten boletas de honorarios pueden solicitar una Renegociación gratuita de deudas ante el servicio.
1. Los trabajadores dependientes (personas naturales contribuyentes del N.° 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
2. Los demás sujetos de crédito que no sean Empresa Deudora, tales como dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.
Son Empresas Deudoras:
1. Las personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro.
2. Las personas naturales contribuyentes de Primera Categoría.
3. Las personas naturales que practican el ejercicio libre de la profesión (contribuyentes del artículo 42 N.° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
Persona Deudora
La Persona Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Renegociación: Es un procedimiento administrativo y gratuito, facilitado por la Superintendencia, que tiene por finalidad la renegociación de las obligaciones de la Persona Deudora o la ejecución de sus bienes para el pago de sus deudas.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Persona Deudora, con el objeto de propender al pago de sus acreedores.
Empresa Deudora
La Empresa Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Reorganización: Es un procedimiento judicial, que tiene por finalidad la reestructuración de los pasivos y activos de la Empresa Deudora, cuando ésta es viable.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Empresa Deudora con el objeto de propender al pago de sus acreedores cuando ésta no es viable.
Persona Deudora
INICIAR PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE RENEGOCIACIÓN
Los requisitos que debo cumplir para iniciar un Procedimiento Concursal de Renegociación son:
1. Tener 2 o más obligaciones vencidas, por más de 90 días corridos, actualmente exigibles, que provengan de obligaciones distintas y que en total sumen más de 80 U.F.
2. No haber sido notificado de una demanda de Liquidación Forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.
Para descargar modelo de declaraciones juradas, presione aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Persona Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Persona Deudora se puede iniciar
1. Voluntariamente por la Persona Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Reorganización de la Empresa Deudora se inicia voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
Para descargar modelo del Procedimiento Concursal de Reorganización, descargar aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Empresa Deudora se puede iniciar:
1. Voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.