Santiago. Tras un mes de aprendizaje y colaboración, trece estudiantes de la carrera de Derecho finalizaron con éxito su pasantía en el nivel central de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir).
Los/as pasantes -provenientes de distintas casas de estudio- conocieron durante este período diversas materias propias de la Institución, con especial énfasis en los Procedimientos Concursales. Durante su estadía, atendieron a usuarios/as, revisaron documentación y participaron en audiencias de Determinación del Pasivo y de Renegociación.
La Superintendenta (s), Johana Álvarez, destacó que “el objetivo principal de las pasantías es proporcionar a los/as estudiantes una comprensión integral de las distintas funciones que realiza nuestro servicio, permitiéndoles transformar el conocimiento teórico en experiencia práctica”.
Asimismo, los/as profesionales y jefaturas que acompañaron el proceso valoraron la retroalimentación entregada por los/as pasantes, la cual contribuye a identificar oportunidades de mejora en los servicios que ofrece la Superir.
Por su parte, los/as estudiantes agradecieron la instancia, destacando la capacitación en ámbitos como los procedimientos transnacionales, la atención de público y las audiencias, ya que les permitió acceder a conocimientos nuevos y clave sobre la labor de la Superir.
Durante las dos jornadas con Estudios de Abogados/as y Acreedores, desarrolladas el 28 y 29 de enero -respectivamente-, se detallaron las principales cifras del procedimiento que concentra el mayor número de solicitudes en la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, y los cambios establecidos en la Norma de Carácter General N.º 28, que tiene por objetivo hacer más eficiente este mecanismo, que hoy solicitan en torno a mil usuarios/as por mes.
Santiago. En el marco de su estrategia de modernización y fortalecimiento del servicio, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) realizó el miércoles 28 y jueves 29 de enero, dos encuentros con los principales involucrados en el procedimiento de Renegociación de la Personas Deudora, convocando a los principales representantes de los estudios de abogados/as que asesoran a personas en situación de sobreendeudamiento, y a de los acreedores con mayor participación en las audiencias para la búsqueda de acuerdos de pago.
Bajo el título de “Nuevos Desafíos de la Renegociación”, ambas actividades tuvieron como objetivo dar a conocer la situación actual de este procedimiento, en que la Superintendencia actúa como facilitador de acuerdos, y que durante 2025 mostró un crecimiento anual de 146% en el total de solicitudes admisibles. Asimismo, los equipos técnicos de Superir detallaron los ajustes recientemente incorporados a la Norma de Carácter General (NCG) N.º 28 que regula la operativa de esta herramienta, y que buscan hacer más ágil la tramitación de cerca de mil solicitudes mensuales.
Ambos encuentros fueron encabezados por la Superintendenta (s) de Insolvencia y Reemprendimiento, Johana Álvarez, y contaron con la asistencia del Seremi de Economía, Fomento y Turismo de la Región Metropolitana, Cristián Rodríguez, quien acompañó a Superir en la primera jornada. Las presentaciones estuvieron a cargo de la jefa del Departamento Jurídico, Patricia Chotzen, y del jefe del Subdepartamento de Renegociación (s), Pablo Cornejo. Además, los equipos técnicos de Superir respondieron las consultas de los invitados/as, fortaleciendo la interacción entre el servicio y uno de los actores más relevantes para la Renegociación, mecanismo que permite a las personas ordenar sus deudas morosas en condiciones más favorables para el cumplimiento de los pagos.
La Jefa de Servicio (s) Johana Álvarez, destacó la jornada como una instancia fundamental para compartir los desafíos a los cuales se enfrenta la Superir y los distintos actores involucrados en la Renegociación, explicar los ajustes que se están implementando, compartir criterios de aplicación, escuchar las experiencias prácticas y recoger insumos que nos permitan seguir fortaleciendo la tramitación de este procedimiento. “Desde nuestra experiencia, cuando existe claridad respecto de los requisitos, coherencia en la información presentada y una adecuada preparación de las audiencias, los procedimientos avanzan de manera más fluida y se generan mejores condiciones para la construcción de acuerdos. Por eso, uno de nuestros focos ha sido reforzar la comunicación de criterios, estandarizar exigencias y generar orientaciones más claras para esta etapa del proceso”, indicó.
Los ajustes a la NCG N.° 28
La actualización de la Norma de Carácter General N.º 28, sobre el Procedimiento Concursal de Renegociación de la Persona Deudora, publicada el 6 de diciembre, clarifica requisitos en la etapa de admisibilidad, precisa ciertos criterios de revisión y establece mecanismos que permiten una gestión más fluida cuando los antecedentes se presentan de forma completa y consistente desde el inicio.
En específico, la norma facilita el cumplimiento de ciertos requisitos de admisibilidad regulados en la Ley N.º 20.720, simplificando la acreditación de la calidad de Persona Deudora y de los ingresos que perciben, así como la declaración de bienes o activos financieros. También hace más expedito el examen de admisibilidad de la solicitud de Inicio del procedimiento concursal y, facilita la participación de los/as interesados/as y acreedores en las audiencias de Renegociación, contemplando la creación de un Registro Único de Poderes, entre otros ajustes.
San Antonio. Conectar al Estado y a las personas de manera directa, acercando información y a los servicios públicos estatales a las comunidades en sus propios barrios es la tarea que realiza la División de Organizaciones Sociales (DOS) al idear las Ferias de Servicios MovilizaDOS.
En ese contexto, durante la mañana de hoy la DOS, en colaboración con la Municipalidad de San Antonio, llevó a cabo una exitosa jornada donde vecinos y vecinas se congregaron para recibir diversas asesorías y orientaciones, entre ellas apoyo jurídico, información sobre cobro y pago de deudas, cuidado personal de menores, juicios ejecutivos y embargos, despidos injustificados, entre otros.
En esta línea, Marco Lagos, funcionario de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), explicó a la comunidad los Procedimientos Concursales de la Ley N.º 21.563. Señaló que la normativa permite el acceso gratuito al procedimiento de Renegociación para trabajadores y trabajadoras, personas jubiladas, dueñas de casa y estudiantes, entregando una alternativa para regularizar deudas de acuerdo con la real capacidad de pago, o bien optar por la liquidación voluntaria de bienes para cumplir con los compromisos financieros.
Los servicios organizadores expresaron que estos encuentros son positivos, destacando la importancia de generar vínculos directos con las comunidades, ya que permiten entregar soluciones y resolver inquietudes en los propios territorios.
Lo Espejo. La División de Organizaciones Sociales (DOS) organizó un nuevo encuentro ciudadano, en esta ocasión, en la Unidad Vecinal 37C de la comuna Lo Espejo.
La actividad Feria MovilizaDOS permitió a vecinas y vecinos acceder a información y orientación en diversas materias, entre ellas temas jurídicos, de salud y programas o subsidios de vivienda, facilitando el acceso a beneficios públicos.
En este contexto, el encargado territorial de la Región Metropolitana de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), Marco Lagos, entregó información sobre los derechos de las personas frente a situaciones de sobreendeudamiento. Durante la jornada explicó los requisitos y el modo de solicitar el Procedimiento de Renegociación, detallando además los documentos que deben presentar quienes se acercan a la Superintendencia en busca de orientación en materia de insolvencia.
El funcionario destacó que la Renegociación es un procedimiento voluntario, gratuito y de carácter administrativo, cuyo objetivo es permitir la repactación de las deudas bajo nuevas condiciones de pago.
La feria contó también con la participación de diversos servicios e instituciones, entre ellos el Registro Social de Hogares, Fundación Integra, Ministerio de Justicia, Seremi de Salud, Chile Atiende y Serviu, entre otros servicios.
1. Los trabajadores dependientes (personas naturales contribuyentes del N.° 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
2. Los demás sujetos de crédito que no sean Empresa Deudora, tales como dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.
Son Empresas Deudoras:
1. Las personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro.
2. Las personas naturales contribuyentes de Primera Categoría.
3. Las personas naturales que practican el ejercicio libre de la profesión (contribuyentes del artículo 42 N.° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
Persona Deudora
La Persona Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Renegociación: Es un procedimiento administrativo y gratuito, facilitado por la Superintendencia, que tiene por finalidad la renegociación de las obligaciones de la Persona Deudora o la ejecución de sus bienes para el pago de sus deudas.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Persona Deudora, con el objeto de propender al pago de sus acreedores.
Empresa Deudora
La Empresa Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Reorganización: Es un procedimiento judicial, que tiene por finalidad la reestructuración de los pasivos y activos de la Empresa Deudora, cuando ésta es viable.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Empresa Deudora con el objeto de propender al pago de sus acreedores cuando ésta no es viable.
Persona Deudora
INICIAR PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE RENEGOCIACIÓN
Los requisitos que debo cumplir para iniciar un Procedimiento Concursal de Renegociación son:
1. Tener 2 o más obligaciones vencidas, por más de 90 días corridos, actualmente exigibles, que provengan de obligaciones distintas y que en total sumen más de 80 U.F.
2. No haber sido notificado de una demanda de Liquidación Forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.
Para descargar modelo de declaraciones juradas, presione aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Persona Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Persona Deudora se puede iniciar
1. Voluntariamente por la Persona Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Reorganización de la Empresa Deudora se inicia voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
Para descargar modelo del Procedimiento Concursal de Reorganización, descargar aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Empresa Deudora se puede iniciar:
1. Voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.