19 de junio de 2025.
Valdivia. Gracias a una alianza de trabajo entre la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) y la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Ñuñoa, hoy se dio inicio a un ciclo de charlas 2025 sobre Alternativas frente a un Sobreendeudamiento dirigidas a beneficiarias del Programa Mujeres Jefas de Hogar
El objetivo es capacitar a las mujeres participantes en temas de consumo responsable y sobreendeudamiento mediante tres actividades de difusión: ¿Cómo Renegociar Mis Deudas?; Alternativas Legales para Empresas y Personas en Insolvencia; y ¿Qué alternativas existen para MIPEs en Insolvencia?.
Durante el primer encuentro, el Coordinador Regional de la Superir Los Ríos, Horacio Fernández, presentó los procedimientos concursales para personas deudoras de la Ley 21.563.
Informó que la Renegociación es un procedimiento que se tramita ante la Superintendencia de Insolvencia y que es de carácter gratuito. Con este proceso se buscan nuevas y mejores condiciones de pago a los acreedores, se puede obtener más tiempo para pagar, condonación de interés e incluso bajar parte del capital adeudado, señaló la abogado.
Mientras que a la Liquidación Simplificada pueden acceder las personas naturales o MIPEs deudoras, y se requiere contar con la asesoría de un abogado o abogada.
Respecto a los requisitos de la Renegociación, el profesional indicó que la persona deudora debe tener 2 o más deudas vencidas por más de 90 días, que superen las 80 UF, y no haber sido notificado/a de una demanda judicial por deuda.
Agregó que, desde el cambio de la Ley de Insolvencia en agosto de 2023, incluso los deudores y deudoras que emiten boletas de honorarios han podido renegociar gratis sus deudas ante la institución. “Este grupo de honorarios tiene entre 30 y 44 años de edad, con ingresos mensuales entre $500 mil y $750 mil pesos y las deudas renegociadas promedio superan los 50 millones de pesos”. El abogado, recordó que, antes de las modificaciones, este tipo de deudores solo podían solucionar sus problemas financieros mayoritariamente con una liquidación de bienes, “ya que la Ley N.º 20.720 los clasificaba como empresas. Sin embargo, con la entrada en vigencia de la Ley N° 21.563, se modificó esa definición, permitiendo que este segmento pueda utilizar esta alternativa”.
Finalmente, hizo el llamado a interiorizarse más sobre la normativa a través de la página web www.tenlaclara.cl o acercarse a las oficinas Superir que se ubican en las capitales regionales del país.