03 de julio de 2026.
Cerca de 30 emprendedores y emprendedoras participaron esta mañana en una charla informativa impartida por la Coordinadora Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) de Tarapacá, Paulina Ávila.
La actividad se realizó en la sede de la Junta de Vecinos Caupolicán de Iquique y tuvo como propósito dar a conocer las herramientas legales y administrativas disponibles para enfrentar situaciones de sobreendeudamiento e insolvencia, tanto para personas naturales como para micro y pequeñas empresas.
Durante la jornada, las y los asistentes conocieron los principales alcances de las leyes N.º 20.720 y N.º 20.416, normativas que regulan los mecanismos de apoyo para quienes enfrentan dificultades financieras.
En la oportunidad, Paulina Ávila explicó que la normativa 20.720 busca favorecer la recuperación de empresas viables y agilizar la resolución de los procesos de insolvencia. Asimismo, destacó que las personas pueden acceder al procedimiento de Renegociación de Deudas, mientras que la Liquidación Simplificada constituye una alternativa judicial para quienes ya no pueden cumplir con sus obligaciones financieras, así como para las micro y pequeñas empresas que no pueden continuar operando.
Este procedimiento contempla la administración y venta de los bienes de la persona o empresa deudora por parte de un liquidador o liquidadora, con el objetivo de pagar las deudas pendientes con sus acreedores.
Además, se informó sobre la Asesoría Económica de Insolvencia de la Ley 20.416, un instrumento de apoyo preventivo dirigido a micro y pequeñas empresas que presentan dificultades financieras. Esta herramienta permite acceder al acompañamiento de un/a profesional especializado/a, elegido directamente por la empresa o designado por la Superir mediante sorteo.
El profesional realiza un diagnóstico integral de la situación financiera, contable y económica del negocio, identifica las causas del sobreendeudamiento y propone una estrategia personalizada para superar la crisis. Asimismo, este mecanismo contempla un período de Protección Financiera Concursal de hasta 90 días, durante el cual la empresa queda resguardada frente a determinadas acciones de cobro judicial, favoreciendo la búsqueda de soluciones oportunas para su continuidad.
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