Arica. Con el objetivo de acercar alternativas concretas para enfrentar el sobreendeudamiento a la comunidad, los profesionales de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, Cristian Bravo y Daniela Riveros, participaron en una nueva jornada de Gobierno en Terreno, organizada por la Delegación Presidencial Regional de Arica y Parinacota.
La actividad se desarrolló en el conjunto habitacional Buena Vista, y contó con la presencia del Delegado Presidencial Regional, Cristian Sayes Maldonado, y autoridades de la zona.
Durante la jornada, se atendió a vecinas y vecinos del sector, entregando orientación personalizada, apoyo y soluciones en terreno respecto a sus situaciones financieras, promoviendo el acceso a herramientas formales para enfrentar sus deudas.
En la instancia, se informó a la comunidad sobre los procedimientos contemplados en la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento para personas deudoras, los cuales permiten renegociar deudas de manera gratuita ante la Superintendencia o bien liquidar bienes cuando no es posible cumplir con las obligaciones financieras. Estos procedimientos buscan otorgar una salida ordenada al sobreendeudamiento, protegiendo a las personas y facilitando su reinserción en la economía formal.
Melipilla. En el marco del primer Gobierno en Terreno del año 2026 en la Provincia de Melipilla, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) participó acercando la Ley 20.720 a la comunidad mediante un stand de atención y orientación ciudadana.
La jornada, organizada por la Delegación Presidencial Provincial de Melipilla en conjunto con la Municipalidad de Melipilla, se desarrolló en la Plaza de Armas de la comuna, convocando a diversos servicios públicos con el objetivo de facilitar el acceso de la ciudadanía a trámites, información y beneficios del Estado en un solo lugar.
En la instancia, el Delegado Presidencial Provincial de Melipilla, Gastón Libuy, participó activamente, entregando un saludo a las y los asistentes y destacando la importancia de acercar los servicios públicos a la comunidad.
En representación de la Superir, el funcionario Marco Lagos atendió consultas de vecinas y vecinos, entregando información sobre los procedimientos concursales disponibles, tales como la Renegociación y Liquidación Simplificada para personas, así como los mecanismos dirigidos a empresas.
La instancia contó con la participación de múltiples instituciones públicas, tanto con presencia en el territorio como provenientes de la Región Metropolitana.
Delegado Presidencial Provincial de Melipilla, Gastón Libuy, junto a funcionarios públicos de la DOS y Superir.
Peñaflor. La Superintendencia de Insolencia y Reemprendimiento (Superir) participó con un stand informativo en el operativo “Mujer: Tu Municipio Está Contigo”, iniciativa organizada por el Departamento de Fomento Productivo de la Municipalidad de Peñaflor.
La actividad se desarrolló en la Plaza de Armas de la comuna, donde las vecinas y vecinos pudieron acercarse para recibir orientación, apoyo e información relevante sobre distintos servicios disponibles. Esta instancia buscó fortalecer las redes de apoyo para las mujeres, promoviendo su desarrollo y bienestar.
Durante la jornada, la Superir difundió información sobre la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, explicando los mecanismos disponibles para que las personas puedan renegociar sus deudas o acceder a procesos de liquidación cuando enfrentan dificultades económicas.
Se señaló que el Procedimiento de Renegociación de Deudas, es una alternativa gratuita que permite a las personas acordar nuevos plazos y condiciones de pago con sus acreedores, donde la superintendencia tiene como función actuar como facilitadora de acuerdos (mediadora), ayudando a que las partes, deudor/a y acreedores, puedan adoptar una solución satisfactoria a sus intereses.
Para acceder a este proceso, se informó que las personas deben cumplir ciertos requisitos, como tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días, que superen en total las 80 UF aproximadamente, no haber sido notificadas de una demanda de Liquidación y que dentro de los veinticuatro meses anteriores al inicio del Procedimiento Concursal de Renegociación, la persona no haya tenido movimientos de primera categoría asociados a la prestación de servicios.
La jornada reunió a diversas instituciones comprometidas con el acompañamiento y empoderamiento de las mujeres de Peñaflor, generando un espacio de encuentro y colaboración.
Santiago. La Unidad de Insolvencia del Poder Judicial, en conjunto con la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), realizó la primera sesión del Ciclo de Capacitaciones 2026, instancia orientada a fortalecer conocimientos y unificar criterios en materias concursales.
La actividad se inició con las palabras de la Superintendenta (S) de Insolvencia y Reemprendimiento, Johana Álvarez, quien destacó el valor de estos espacios formativos para robustecer las capacidades técnicas de los actores del sistema. Asimismo, subrayó la importancia de promover una aplicación consistente de la normativa vigente, con miras a un sistema más transparente y expedito.
Esta primera jornada marcó el inicio de un programa que se desarrollará durante todo el año, con contenidos actualizados y de carácter práctico, orientados a apoyar el quehacer institucional. Las capacitaciones están dirigidas a magistrados y magistradas, ministros y ministras de Corte, secretarios y secretarias, además de funcionarios y funcionarias judiciales y de la superintendencia.
En la sesión inaugural participaron más de 150 profesionales, quienes abordaron temas técnico-jurídicos relacionados con la Liquidación Simplificada. Entre los contenidos revisados destacaron los requisitos de procedencia, etapas del proceso, rol del tribunal, facultades del Liquidador o Liquidadora y mecanismos de realización de activos.
Asimismo, se analizaron los aspectos judiciales del procedimiento de Renegociación de Deudas, profundizando en materias como la admisibilidad, la audiencia de determinación del pasivo, los efectos de la resolución de inicio y el rol de los tribunales ante eventuales controversias.
En el bloque de exposiciones, la Liquidación Simplificada fue abordada por el abogado Sebastián Urquieta, Encargado de la Unidad Legal y Tramitación Judicial del Departamento de Fiscalización. A su vez, Ángela Aguilar, Administrativa de Acta de la Unidad de Insolvencia del Poder Judicial, expuso sobre las nomenclaturas SITCI (Sistema Informático de Tramitación de Causas Civiles) aplicadas a la Liquidación Simplificada, destacando cómo esta herramienta permite categorizar los procedimientos judiciales de insolvencia para facilitar su gestión.
En tanto, los contenidos sobre los aspectos judiciales de la Renegociación fueron presentados por Pablo Cornejo, abogado y Encargado de la Unidad de Análisis Jurídico del Subdepartamento de Renegociación de la Persona Deudora.
La jornada también permitió revisar criterios interpretativos relevantes, identificar desafíos prácticos en la aplicación de la normativa vigente y compartir buenas prácticas para una adecuada tramitación de estos procedimientos.
Este ciclo de capacitaciones forma parte del trabajo colaborativo entre ambas instituciones, con el objetivo de fortalecer la correcta implementación del sistema concursal, potenciar las capacidades técnicas y contribuir a una mayor certeza jurídica en los procesos de insolvencia y reemprendimiento.
1. Los trabajadores dependientes (personas naturales contribuyentes del N.° 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
2. Los demás sujetos de crédito que no sean Empresa Deudora, tales como dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.
Son Empresas Deudoras:
1. Las personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro.
2. Las personas naturales contribuyentes de Primera Categoría.
3. Las personas naturales que practican el ejercicio libre de la profesión (contribuyentes del artículo 42 N.° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
Persona Deudora
La Persona Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Renegociación: Es un procedimiento administrativo y gratuito, facilitado por la Superintendencia, que tiene por finalidad la renegociación de las obligaciones de la Persona Deudora o la ejecución de sus bienes para el pago de sus deudas.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Persona Deudora, con el objeto de propender al pago de sus acreedores.
Empresa Deudora
La Empresa Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Reorganización: Es un procedimiento judicial, que tiene por finalidad la reestructuración de los pasivos y activos de la Empresa Deudora, cuando ésta es viable.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Empresa Deudora con el objeto de propender al pago de sus acreedores cuando ésta no es viable.
Persona Deudora
INICIAR PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE RENEGOCIACIÓN
Los requisitos que debo cumplir para iniciar un Procedimiento Concursal de Renegociación son:
1. Tener 2 o más obligaciones vencidas, por más de 90 días corridos, actualmente exigibles, que provengan de obligaciones distintas y que en total sumen más de 80 U.F.
2. No haber sido notificado de una demanda de Liquidación Forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.
Para descargar modelo de declaraciones juradas, presione aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Persona Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Persona Deudora se puede iniciar
1. Voluntariamente por la Persona Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Reorganización de la Empresa Deudora se inicia voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
Para descargar modelo del Procedimiento Concursal de Reorganización, descargar aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Empresa Deudora se puede iniciar:
1. Voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.