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Superir mejora la eficiencia del procedimiento de Renegociación con nuevas audiencias asincrónicas

  • La modalidad rige desde el 1 de octubre y la Superir proyecta aumentar su capacidad de gestión de audiencias en al menos 40% durante los próximos meses. La medida se suma a otras mejoras implementadas este año, que han permitido reducir los tiempos promedios del examen de admisibilidad, pasando de 63 días hábiles en septiembre de 2025 a 21,7 días hábiles en igual mes de este año.

Desde el 1 de octubre, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) está implementando masivamente la nueva modalidad de Audiencia de Determinación del Pasivo Asincrónica, iniciativa que busca hacer más eficiente la tramitación, ampliar la capacidad de atención y continuar reduciendo progresivamente los tiempos de espera en el procedimiento de Renegociación de la Persona Deudora.

Hasta ahora, estas audiencias se realizaban de manera telemática y requerían la participación simultánea de todas las partes, para revisar las deudas que integran la Renegociación y determinar el pasivo sobre el cual continuará el procedimiento. Con la modalidad asincrónica, los involucrados pueden realizar las mismas actuaciones a través de una plataforma tecnológica especialmente habilitada, que asegura el cumplimiento legal de todos los derechos y deberes de las partes, sin necesidad de participar simultáneamente en una audiencia. Deudores y acreedores pueden acceder a los antecedentes que conforman la propuesta de determinación de pasivo, formular observaciones y votar dentro de plazos más flexibles, íntegramente en línea y con la tranquilidad de que todas las actuaciones quedarán registradas en una plataforma.

La nueva modalidad ayuda a disminuir las suspensiones y reprogramaciones en este tipo de audiencias, lo que reduce progresivamente los tiempos de tramitación y amplía la capacidad de gestión de audiencias de Superir, la que se estima aumente en al menos un 40% en los próximos meses.

Las Audiencias Asincrónicas se encuentran reguladas en la Resolución Exenta N° 24.374, de 28 de septiembre de 2026, que modificó el Libro IV del Compendio de Normas de la Superintendencia. La jefa (S) del Subdepartamento de Renegociación de la Persona Deudora, Ivonne Thather Navarrete, explicó que las audiencias asincrónicas no reemplazan las audiencias tradicionales o sincrónicas, sino que la Superintendencia definirá cuando se prioriza esta modalidad en virtud de la complejidad de cada caso, pudiendo disponer audiencias sincrónicas, cuando se requiera que las partes participen simultáneamente.

“La nueva modalidad es una respuesta innovadora que mejora significativamente la gestión de audiencias de Superir, manteniendo los recursos disponibles. Su implementación constituyó un gran desafío para nuestros equipos y reimpulsó el trabajo colaborativo con los actores que participan del procedimiento concursal (acreedores, personas deudoras y sus representantes), con quienes Superir comparte el objetivo de entregar una respuesta más oportuna a la situación de sobreendeudamiento de las personas usuarias de la Renegociación”, añadió la jefa del Subdepartamento.

Una estrategia para mejorar los tiempos de tramitación

La implementación de las audiencias asincrónicas forma parte de un conjunto de medidas desarrolladas por la Superir en 2026 para mejorar la eficiencia del procedimiento de Renegociación, cuyas solicitudes admisibles suman 6.259 entre enero y septiembre de este año, exhibiendo un alza de 120% respecto de igual período del año anterior.

Entre ellas se encuentran la optimización de los flujos de tramitación, la revisión de criterios, la reorganización interna, el perfeccionamiento normativo, la incorporación de herramientas digitales de apoyo y ajustes a los sistemas informáticos.

En conjunto, estas medidas han permitido reducir el tiempo promedio del examen de admisibilidad de 63 días hábiles en septiembre de 2025, a 22 días hábiles en igual mes de este año. Con la incorporación de las audiencias asincrónicas, la Superir espera continuar avanzando en la reducción de los tiempos de espera en las etapas posteriores del procedimiento.

Plataformas Municipales del Sernac en Los Ríos se capacitan en Procedimientos Concursales para Personas Deudoras

08 de octubre de 2026.

Valdivia. Con el objetivo de descentralizar la información y ampliar la cobertura del servicio en la Región de Los Ríos, el Coordinador Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), Horacio Fernández, dictó una charla sobre los Procedimientos para Personas Deudoras contemplados en la Ley N.º 20.720 a los/as encargados de las Plataformas Municipales del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

La actividad contó con una alta convocatoria, destacando la asistencia de funcionarios/as de varias comunas de la zona, entre ellas Lago Ranco, Panguipulli, La Unión, Río Bueno, Paillaco y Máfil. Este encuentro permitirá otorgar una cobertura más robusta y un canal directo de orientación financiera a los/as habitantes de todo el territorio regional.

Durante la instancia se detallaron los requisitos, documentos necesarios y los canales de atención para cada trámite. Al respecto, se explicó que para el Procedimiento de Renegociación, el que es administrativo, voluntario y gratuito, la persona debe tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos que superen en total las 80 UF. En tanto, para el Procedimiento de Liquidación, vía judicial donde el deudor o deudora entrega ordenadamente sus bienes para que sean vendidos y saldar así sus compromisos, se requiere el patrocinio de un abogado, además de la entrega detallada ante el tribunal de sus antecedentes financieros, juicios pendientes si los hubiera y el listado completo de su patrimonio, etc.

 

 

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Superir acerca la Ley 20.720 a los vecinos de Iquique en nueva jornada de «Gobierno en Terreno»

08 de octubre de 2026.

Iquique. Profesionales de la oficina regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reprendimiento (Superir) de Tarapacá participaron en una jornada de atención ciudadana en el marco del programa «Gobierno en Terreno», desarrollado en el sector de la glorieta de la Plaza Prat de la capital regional.

La actividad contó con el despliegue en terreno de las profesionales Paulina Ávila y Estefanía Meza, quienes estuvieron a cargo de orientar, resolver dudas y entregar información a los/as asistentes de la provincia. El objetivo principal de esta iniciativa fue acercar y difundir los distintos Procedimientos Concursales contemplados en la Ley N.º 20.720, entregando orientación a las personas y microempresas que enfrentan situaciones de sobreendeudamiento.

Al respecto, la Coordinadora Regional, Paulina Ávila, destacó que «hoy pudimos explicar de manera clara y sencilla cómo la Ley 20.720 ofrece alternativas concretas para renegociar o liquidar deudas, permitiendo que los vecinos de Iquique sientan que no están solos y que cuentan con un respaldo institucional».

El encuentro organizado por la Delegación Presidencial Regional de Tarapacá tuvo como fin acercar las necesidades de las personas a los servicios públicos de manera oportuna, para dar respuesta inmediata a las consultas de la población, facilitando el acceso a trámites, beneficios y orientaciones del Estado.

 

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Alumnos de Derecho de la Universidad de Atacama se capacitan en la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento

07 de octubre de 2026.

Copiapó. Con el objetivo de acercar el rol institucional a las nuevas generaciones de profesionales, el Coordinador Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) de Atacama, Alejandro Flores, recibió a estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad de Atacama para dictar la charla «Alternativas Legales para Personas y Empresas en Insolvencia».

Durante el encuentro, el abogado contextualizó los alcances de la Ley 20.720, destacando que esta normativa constituye una herramienta concreta frente al sobreendeudamiento. En su exposición, detalló los Procedimientos Concursales que permiten resolver situaciones de insolvencia, diferenciando entre:

  • Empresas: Reorganización y Liquidación.
  • Micro y Pequeñas Empresas (MIPEs): Reorganización Simplificada y Liquidación Simplificada.
  • Personas: Renegociación y Liquidación Simplificada.

Asimismo, el representante regional explicó quiénes pueden acogerse a estos procesos, los requisitos exigidos, la documentación necesaria para realizar las solicitudes y las principales estadísticas de la gestión institucional.

Al cierre de la actividad, Alejandro Flores relevó la importancia de que los futuros abogados conozcan estas materias de primera fuente. “Es necesario que comprendan la normativa, sus requisitos y los beneficios de cada procedimiento concursal, a objeto de que el día de mañana puedan orientar, apoyar y representar de manera informada a deudores y deudoras del país”, concluyó el Coordinador.

 

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