25 de agosto de 2025.
Puerto Montt. El Coordinador Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento Los Lagos, Fernando Fuentes, dictó esta tarde una charla denominada “Empresa en Insolvencia: derechos de los trabajadores”, a colaboradores/as de una conocida distribuidora de mercadería al por mayor que solicitó un procedimiento concursal.
El encuentro se enfocó en resolver dudas y facilitar el proceso de toma de decisiones, por parte de las personas trabajadoras de la empresa, mediante las disposiciones legales en ámbitos de protección y los derechos de los trabajadores y trabajadoras, cuando una compañía enfrenta un procedimiento concursal.
Señaló que la Ley N.º 20.720 busca equilibrar el proceso de liquidación, reconociendo la vulnerabilidad de los/as trabajadores/as y estableciendo una jerarquía clara que resguarda el ejercicio de sus derechos.
Principales derechos garantizados
De acuerdo con la normativa vigente, entre los derechos laborales que deben ser pagados preferentemente en un proceso de liquidación se encuentran:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo, con un tope de 90 UF, en caso que el monto adeudado sea mayor a dicho tope, el saldo se entenderá valista, esto es, se pagará al final, junto con los demás créditos que no gocen de preferencia
- Indemnización por años de servicio, equivalente a tres ingresos mínimos mensuales por cada año trabajado, hasta un máximo de 11 años.
- Indemnización especial por fuero maternal, cuando corresponda.
- Acceso a las prestaciones del seguro de cesantía, en igualdad de condiciones que cualquier persona desempleada.
- Exención del descuento de saldos no devengados por créditos sociales contratados con Cajas de Compensación en el finiquito.
En la misma línea, el abogado indicó que, si la persona estima que sus derechos han sido vulnerados o que el ente fiscalizador no se ajusta a la Ley, esta se puede dirigir a la Superintendencia donde se recibirá su reclamo y se le contestará por escrito previo estudio de los antecedentes.
O pueden formular un reclamo o denuncia laboral ante la Inspección del Trabajo o demandas ante los Tribunales de Justicia en contra del liquidador o en contra del administrador designado por la junta, por sus actuaciones durante la liquidación.
Cabe recordar que, con el fin de difundir correctamente la información al personal de una empresa en insolvencia, la Superir cuenta con una Guía de Derechos Laborales que desarrolló en conjunto con la Dirección del Trabajo.