Chillán. Funcionarios/as y
usuarios/as del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap) de la región de
Ñuble, participaron en una charla dictada por la Superintendencia de
Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), que busca capacitar a la ciudadanía,
en las alternativas que ofrece la Ley N.º 20.720 a las personas frente a una
situación de sobreendeudamiento.
La capacitación, a cargo de la
Coordinadora Regional de la Superir, Karima Becerra, dio a conocer una síntesis
de la normativa, profundizando en los avances tecnológicos de la institución,
siendo el tema más relevante, el Procedimiento Concursal de Renegociación, sus
requisitos de aplicabilidad y acceso.
Cabe recordar que la
Renegociación tiene por objeto que el deudor o deudora pueda renegociar sus
obligaciones mediante un procedimiento voluntario, gratuito y administrativo,
en el que la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento actúa como facilitadora
de los acuerdos entre los acreedores y la persona.
Por último, los y las presentes
efectuaron un diagnóstico de sus situaciones y analizaron sus estados de
endeudamiento a través de la calculadora de la página web www.tenlaclara.cl.
Calama. Esta tarde la
Coordinadora Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
(Superir), Claudia Gaona, presidió una reunión informativa orientada a usuarios,
usuarias y funcionarios/as del Centro de Negocios Calama.
En la ocasión, explicó el ámbito
de aplicación de la normativa y el procedimiento concursal adecuado para cada
uno de los tipos de deudores/as en dificultades. E informó sobre los
procedimientos concursales de la Ley N.º 20.720, y profundizó el tema sobre
los/as Asesores/as Económicos de Insolvencia de la normativa N.º 20.416.
Gaona expresó que la
Superintendencia nace como un esfuerzo estatal para abordar el problema de las
deudas de los chilenos y chilenas de una manera más eficiente y equitativa. “La
institución está del lado del deudor, además ofrece una gama de alternativas, a
través de capacitaciones, asesorías y acompañamiento a la persona y empresas que
la necesite”.
Asimismo, el encuentro permitió
un espacio de asesorías personalizadas, donde los/as participantes pudieron
conocer las alternativas de prevención de insolvencia, gracias a las
orientaciones entregadas.
“Es fundamental el trabajo con
nuestros gremios de la región para salir juntos de la crisis que nos afecta
económicamente”, expresó la representante de la Superintendencia.
Santiago. “Estamos comprometidos con la conexión, promoción y éxito de las mujeres en las profesiones de insolvencia y reestructuración en todo el mundo”.
Ese es el lema de la International Women’s Insolvency
& Restructuring Confederation, IWIRC, entidad nacida hace 25 años para
empoderar y alentar a las mujeres en el campo de la insolvencia.
Y es con el Capítulo de Latin America de esta
organización, que la Superir firmó un convenio de colaboración que, entre otros
puntos, permitirá realizar actividades de difusión entre ambas Instituciones,
como charlas o seminarios.
Iwirc Latin America aspira a ser un
referente, fomentar las buenas prácticas y modernización de legislaciones sobre
Insolvencia en América Latina y contribuir a la difusión de los derechos y
obligaciones de los involucrados en estos procesos.
Funcionarias de la Superir
El Superintendente de Insolvencia y Reemprendimento, Hugo Sánchez, calificó el acuerdo como “una gran noticia y como una excelente oportunidad para IWIRC, a traves de sus destacadas profesionales del ámbito de la insolvencia, puedan conocer de nuestra institución”.
La alianza pondrá énfasis en la difusión de los derechos
y obligaciones de deudores y acreedores en materia de Insolvencia, sean estos personas
naturales o juridicas, en el contexto de la Educación Financiera. Esto se
ejecutará por medio de talleres de discusión, capacitaciones, cursos o
seminarios con alcance regional o mundial.
Sus Co-Presidentas, Pamela Goldbaum, abogada socia de
Lathrop Blanco Goldbaum (Chile) y Aimee Prieto, abogada socia de Prieto Cabrera
(Rep.Dominicana), destacan que “Las economias globales y el intercambio
internacional hacen cada vez más complejo el manejo de insolvencias y
reestructuraciones, sobre todo tratándose de aquellas que involucran en forma
simultánea a personas, empresas, bienes y obligaciones ubicados y regulados
bajo legislaciones distintas. Ante ello, IWIRC surge como un foro, fuente de
conocimientos y de buenas prácticas por parte de profesionales competentes y
altamente capacitadas para resolver los desafios presentes y futuros en estas
materias”.
IWIRC Latin América
El capítulo de Latin América de IWIRC fue formado en
septiembre de 2020, con la finalidad de conectar a mujeres en los distintos
países de la región que están desarrollando su profesión en el área de
insolvencia y reestructuración, para que puedan trabajar en conjunto, aprender
unas de otras y contribuir a difundir conocimientos que mejoren la practica en
estas materias. Algunos de los países actualmente representados en esta red son
Argentina, Chile, Perú, Uruguay, Colombia, México, Guatemala, Panamá y
República Dominicana.
A nivel global, la organización congrega a más de 1500
destacadas profesionales que se desempeñan en torno a la insolvencia y
reestructuración. Las invitamos a formar parte de Iwirc https://www.iwirc.com/networks/america-latina.
Santiago. Las abogadas de la Superir, Dominique Luchsinguer y Paula Osorio, representaron a nuestra institución en el seminario virtual “Visiones y desafíos de la Insolvencia Transfronteriza”, organizado por la Unidad de Insolvencia, Centro de Apoyo de Juzgados Civiles de Santiago.
En la instancia, ambas profesionales expusieron respecto del rol que le compete a la Superintendencia de Insolvencia en este ámbito y los aspectos administrativos referidos a la recepción de este tipo de casos.
También participó en este panel el juez de Curanilahue, Nicolás Humeres.
Desde la Unidad de insolvencia del Centro de Apoyo de los Juzgados Civiles de Santiago, agradecieron la participación de Dominique y Paula en el Seminario, así “como también el permitirnos contar con grandes expositores respecto de un tema contingente y del cual queda mucho por hacer”.
1. Los trabajadores dependientes (personas naturales contribuyentes del N.° 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
2. Los demás sujetos de crédito que no sean Empresa Deudora, tales como dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.
Son Empresas Deudoras:
1. Las personas jurídicas de derecho privado, con o sin fines de lucro.
2. Las personas naturales contribuyentes de Primera Categoría.
3. Las personas naturales que practican el ejercicio libre de la profesión (contribuyentes del artículo 42 N.° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
Persona Deudora
La Persona Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Renegociación: Es un procedimiento administrativo y gratuito, facilitado por la Superintendencia, que tiene por finalidad la renegociación de las obligaciones de la Persona Deudora o la ejecución de sus bienes para el pago de sus deudas.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Persona Deudora, con el objeto de propender al pago de sus acreedores.
Empresa Deudora
La Empresa Deudora puede someterse a dos Procedimientos Concursales:
Procedimiento Concursal de Reorganización: Es un procedimiento judicial, que tiene por finalidad la reestructuración de los pasivos y activos de la Empresa Deudora, cuando ésta es viable.
Procedimiento Concursal de Liquidación: Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la Empresa Deudora con el objeto de propender al pago de sus acreedores cuando ésta no es viable.
Persona Deudora
INICIAR PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE RENEGOCIACIÓN
Los requisitos que debo cumplir para iniciar un Procedimiento Concursal de Renegociación son:
1. Tener 2 o más obligaciones vencidas, por más de 90 días corridos, actualmente exigibles, que provengan de obligaciones distintas y que en total sumen más de 80 U.F.
2. No haber sido notificado de una demanda de Liquidación Forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.
Para descargar modelo de declaraciones juradas, presione aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Persona Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Persona Deudora se puede iniciar
1. Voluntariamente por la Persona Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Reorganización de la Empresa Deudora se inicia voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
Para descargar modelo del Procedimiento Concursal de Reorganización, descargar aquí.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.
Empresa Deudora
Un Procedimiento Concursal de Liquidación de la Empresa Deudora se puede iniciar:
1. Voluntariamente por la Empresa Deudora ante el tribunal competente, mediante la presentación de una solicitud.
2. Por una demanda de liquidación forzosa presentada por un acreedor ante el tribunal competente.
Para más información sobre este procedimiento, presione aquí.