Se realiza la primera audiencia en un procedimiento de renegociación en la Región de Araucanía

20150203 DET PASIVO ARAUCANIA Deudor y acreedores, facilitados por la Superintendencia, acordaron por unanimidad la determinación del pasivo con derecho a voto de la Persona Deudora, instancia en que se estableció los montos de las deudas y a quiénes se les debe.

Temuco, 03 de febrero de 2015. Hoy se celebró la primera audiencia de determinación del pasivo del procedimiento concursal de renegociación de la persona deudora en región de Araucanía, entre acreedores y el deudor, facilitado por funcionarios de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento- SIR.

En la ocasión, los asistentes llegaron a acuerdo en relación a cuánto y a quiénes les debe el deudor, cumpliendo así la primera etapa del procedimiento concursal de renegociación.

Cabe señalar que el procedimiento concursal de renegociación, que tiene como finalidad ayudar a resolver la situación de sobreendeudamiento de los deudores, es de carácter voluntario, administrativo, gratuito y se solicita ante la Superintendencia.

Tras este acuerdo, la entidad estatal dictará una resolución que contendrá la nómina de créditos reconocidos y citará a dichos acreedores y al deudor a una próxima audiencia de renegociación; instancia en que los asistentes podrán acordar los términos de renegociación de las deudas vigentes del deudor.

Quiénes pueden solicitarlo: 1. Los trabajadores dependientes (personas naturales contribuyentes del artículo 42 N.° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta). 2. Los demás sujetos de crédito que no sean Empresa Deudora, tales como dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.

Qué requisitos deben cumplir: 1. Tener dos o más obligaciones vencidas, por más de 90 días corridos, actualmente exigibles, que provengan de obligaciones distintas y que en total sumen más de 80 U.F. 2. No haber sido notificada de una demanda de Liquidación Forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.

El ciudadano que requiera información y orientación sobre el proceso de renegociación de deudas, como de los otros procedimientos concursales que consagra la Ley 20.720 puede acercarse a la oficina regional de la SIR, ubicada en Claro Solar 835, piso 9, oficina 903, Edificio Torre Campanario. Temuco.