17 de abril de 2026.
Nueva York. La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) participó en el 68º sesión del Grupo de Trabajo V sobre Insolvencia de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL), instancia internacional que se desarrolló en la Sede de Nueva York, entre el lunes 13 y el viernes 17 de abril de 2026. Por parte de la institución, participaron la Superintendenta (S), Johana Álvarez, y los abogados Elías Gutiérrez, jefe del Subdepartamento de Fiscalización de Procesos Selectivos y Daniela Toro, Coordinadora Legal y Normativa.
En el marco de este encuentro, se abordó el proyecto de Ley Modelo sobre la normativa aplicable en procedimientos de insolvencia, cuyo propósito fue establecer normas claras para determinar la legislación que rige la apertura, tramitación, administración y cierre de estos procedimientos, incluyendo aspectos vinculados al reconocimiento de procesos extranjeros y casos relativos a grupos de empresas. Este instrumento busca fortalecer la seguridad jurídica, la previsibilidad y la eficiencia en los sistemas de insolvencia a nivel internacional.
La participación de la Superintendencia en esta instancia reafirmó el compromiso de Chile con el fortalecimiento de marcos normativos modernos y alineados con estándares internacionales, contribuyendo activamente al desarrollo de mejores prácticas en materia de insolvencia y Reemprendimiento.
Por otro lado, cabe señalar que, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional tiene el mandato de promover la armonización y modernización progresivas del derecho mercantil internacional. La UNCITRAL logra esto mediante la elaboración y promoción del uso y la adopción de instrumentos legislativos y no legislativos en diversas áreas clave del derecho comercial.
Finalmente, la Superintendenta (S) Johana Álvarez Ahumada indicó que “participar en esta instancia constituye una oportunidad especialmente valiosa para la Superintendencia. Los debates en torno a la redacción de los artículos de la Ley Modelo no solo enriquecen la discusión técnica, sino que también permitirán, una vez definido su texto e incorporado a nuestro ordenamiento, comprender con mayor claridad la intención del legislador. Esto resulta clave para impulsar una correcta aplicación de la normativa, ya que contempla la intervención de diversos órganos concursales en jurisdicciones extranjeras, así como la eventual aplicación de los efectos de procedimientos seguidos en otras jurisdicciones en nuestro país.”





















