El Cosoc de la Superir conoció el Instructivo que regula las actuaciones de los Liquidadores Concursales para el cumplimiento de las obligaciones que les impone la Ley N.º 21.389

19 de diciembre de 2022.

Santiago. Esta tarde se celebró la última reunión del año 2022 del Consejo de la Sociedad Civil (Cosoc) de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

En la ocasión, el encuentro dirigido por la Encargada de Participación Ciudadana de la Superir, Catalina Delzo, se centró en el nuevo instructivo que regula las actuaciones de los Liquidadores/as Concursales, para el cumplimiento de las obligaciones que les impone la Ley N.º 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores/as de Pensiones de Alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago, y la Ley N.º 14.908, sobre Abandono de Familia y pago de pensiones alimenticias.

La exposición estuvo a cargo de Francisco Rojas, jefe del Subdepartamento de Fiscalización de Procesos Masivos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), quien informó que el pasado 21 de noviembre la institución dictó la Resolución N.º 7.203, por medio del que aprobó el mencionado documento.

Se establece que los/as Liquidadores/as en los procedimientos concursales en que intervengan deberán consultar en el Registro Nacional de Deudores/as de Pensiones de Alimentos, si el deudor o deudora y/o los acreedores del respectivo procedimiento de Liquidación o de Renegociación tienen inscripción vigente en calidad de deudor/a de alimentos.

Si el insolvente, persona natural, incluidas aquellas personas naturales consideradas empresas en la Ley N.º 20.720, se encuentra inscrito en el registro, el ente fiscalizado deberá considerar al alimentario como acreedor preferente, debiendo depositar los respectivos montos- fijados legalmente- en la cuenta bancaria inscrita.

Por otro lado, la resolución establece que la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento gestionará ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, el enrolamiento de los Liquidadores y Liquidadoras como personas con interés legítimo en la consulta del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, informando así las credenciales de acceso al sistema a través del correo electrónico registrado ante el organismo.

Por último, los/as presentes definieron que la próxima reunión será presencial y se definirá la designación del nuevo/a presidente/a del Consejo.